El Norte de Castilla (2007-08-21) LA FISCALÍA RECURRE EL SOBRESEIMIENTO DEL 'CASO ARROYO' DOS MESES DESPUÉS
21/08/2007
LA FISCALÍA RECURRE EL SOBRESEIMIENTO DEL 'CASO ARROYO' DOS MESES DESPUÉS
El organismo judicial pretende que el juez lidere la investigación sobre el conglomerado de empresas y las transmisiones habidas entre ellas
EL NORTE/VALLADOLID
La Fiscalía ha acordado recurrir el sobreseimiento que a finales del pasado mes de junio decretó el Juzgado de Instrucción número 1 respecto del denominado 'caso Arroyo', relativo a la investigación abierta hace ahora más de un año en la que el juez titular investigó a distintos cargos del Partido Popular, entre ellos al entonces alcalde por esta formación en Arroyo de la Encomienda, José Manuel Méndez, por su presunta vinculación en una trama de especulación urbanística desarrollada en dicha localidad, según informa Europa Press.
Si el archivo ya fue recurrido por la Asociación de Vecinos de Arroyo Siglo XXI, personada en las diligencias como acusación popular, ahora es la acusación pública la que, tras estudiar el auto judicial, opta por hacer lo propio para que sea el magistrado, con el apoyo de la Agencia Tributaria, quien lidere una investigación sobre un conglomerado de empresas vinculadas entre ellas por si en el transcurso de la misma pudiera determinarse alguna actividad delictiva.
Y es que la Fiscalía vallisoletana, según informaron fuentes de la misma, no está conforme con la decisión del juez de sobreseer la investigación judicial y dejar en manos de la Agencia Tributaria, a través de la vía administrativa, la persecución de posibles actuaciones irregulares de empresas vinculadas con la recalificación del sector SAU-9 de Arroyo -en él se proyectaban casi tres mil viviendas- que ya han sido objeto de instrucción judicial.
Así, el Ministerio Fiscal, quien coincide con el instructor en que, en principio, no se desprende la comisión de delito alguno en la tramitación administrativa de dicha parcela de suelo, pretende que el juez reabra el caso para que sea él quien encabece la investigación de ese conglomerado de empresas con el auxilio de la Inspección Fiscal de la Agencia Tributaria, y no al revés.
El recurso de la Fiscalía, que no se ha adherido al de la acusación popular por tener un fondo distinto, pretende despejar cualquier duda sobre el funcionamiento de determinadas empresas investigadas en el 'caso Arroyo'.
CONTRAPRESTACIÓN
Como consecuencia de esas pesquisas «quizá resulte que no hay nada irregular o bien una simple deuda administrativa o un delito fiscal, si la cuantía excediera el límite establecido, o quizá algo más», apuntaron las mismas fuentes, en alusión en este último caso a un posible delito de cohecho si se comprobara que en la tramitación de la recalificación del SAU-9 algún representante municipal hubiera obtenido algún tipo de contraprestación.
Las investigaciones del 'Caso Arroyo' se iniciaron en mayo del 2006 centradas en el convenio urbanístico suscrito en el 2003 en Arroyo de la Encomienda entre el entonces regidor del PP, José Manuel Méndez, y una ex empleada suya y apoderada de la constructora Mahía, María Iluminada Miguel, que permitía recalificar en el SAU-9 de la localidad un total de 25.598 metros de suelo industrial a urbano para que la promotora edificara 2.984 viviendas, lo que le servía a esta última para hacerse con un beneficio de 179 millones de euros, frente a los 12,468 millones de euros entregados a cambio al Consistorio.
En el curso de las pesquisas, el titular del Juzgado de Instrucción 1 llegó a solicitar a la Agencia Tributaria que le remitiera documentación de la declaración de la Renta de los últimos cinco años de 15 personas recogidas en las diligencias, entre ellas la del número tres del PP de Castilla y León, secretario regional de Organización y actual procurador en Cortes, Raúl de la Hoz; del que fuera concejal en el Ayuntamiento de Valladolid, Dionisio Miguel Recio; de uno de sus hijos, Julio César Miguel, y de su cuñada; del entonces concejal de Obras del PP en Arroyo, Javier Cruz, propietario además de cinco viviendas, dos de ellas de VPO, así como del presidente de Mahía, Ramón López.
«EQUILIBRIO Y CONTROL»
Sin embargo, a finales de junio y tras 13 meses de instrucción, el magistrado sobreseyó el caso con el argumento de que de lo actuado no había quedado «debidamente justificada» la perpetración del tipo delictivo investigado, en concreto delitos contra la Administración pública, y precisaba que este no se llegó a cometer debido a que la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Arroyo de la Encomienda necesaria para ejecutar el proyecto de Mahía, que fue inicialmente aprobado por el Ayuntamiento el 19 de julio del 2005, no llegó a culminarse «gracias al sistema de equilibrio y control» ejercido por la Junta de Castilla y León y que permitió subsanar las deficiencias en la vía administrativa.
EL AUTO DE ARCHIVO ADVERTÍA DE «DUDAS» SOBRE LA CONTABILIDAD DE UNA EMPRESA
EL NORTE/VALLADOLID
A pesar del archivo del 'caso Arroyo' decretado el pasado 27 de junio, el auto de sobreseimiento advertía de que en el curso del procedimiento se había podido comprobar la vinculación existente entre distintas personas, tanto desde el punto de vista familiar como societario, y en concreto aludía de forma específica al caso de la empresa Danfranma, informa Europa Press.
A este respecto, el juez recordó que dicha mercantil, de la que es socio Julio César Miguel, hijo del ex concejal en el Ayuntamiento de Valladolid y ex diputado provincial Dionisio Miguel Recio, está relacionada con Mahía, la empresa que promovió la recalificación en el SAU-9 de Arroyo, y con otras cuyos socios o apoderados se integran en el círculo de influencia de la actividad urbanística en dicha localidad.
Sobre el funcionamiento de Danfranma, fundada en junio del 2003 en Pedrajas de San Esteban y ejecutora de numerosas obras como subcontrata de Mahía, así como con un crecimiento del 600% en su volumen de facturación, pasando de tener 17 empleados a cerca de 90, el magistrado expresaba sus «dudas sobre la corrección contable y laboral» tanto de la misma como de las relacionadas con ella desde su creación.
Por ello, aunque esta materia no formaba parte de la investigación inicial, el juez decidió remitir toda la documentación al respecto a la Agencia Tributaria «por si existieran irregularidades respecto de la Seguridad Social, infracciones laborales, fiscales, contables y societarias».
Sobre dicha vía administrativa es la que el juez depositaba la investigación de las conductas de las personas cuyas identidades obran en autos con relaciones de matrimonio, familiares, societarias, apoderados de empresas, dueños de otras beneficiarias de contratos derivados a terceros, incrementos patrimoniales no justificados fiscalmente, derivaciones de propiedades a familiares más o menos directos y cuya capacidad económica se desconoce, «en definitiva, actuaciones que pueden estar justificadas fiscalmente, laboralmente o de modo contable o bien suponer infracciones administrativas o, en su caso y finalmente, conductas con posible tipificación penal».
Es este punto el que ha motivado el recurso de la acusación pública para que, aun siendo la Agencia Tributaria la que averigüe tales extremos, sea el juez quien mantenga abierto el caso judicialmente para que la Inspección Fiscal actúe bajo sus órdenes y supervisión.